Dictamen nº 14390 de Contraloría General de la República, de 9 de Mayo de 1997 - Doctrina Administrativa - VLEX 239624346

Dictamen nº 14390 de Contraloría General de la República, de 9 de Mayo de 1997

alcalde podia, acorde ley 18695 art/6 inc/6, suscribir un convenio de suministro electrico con chilectra sa, mediante el sistema de contratacion directa al no presentarse interesados en la licitacion publica a que se llamo para la instalacion, provision y mantencion del alumbrado publico en la comuna. de lo anterior dicha autoridad edilicia debio, conforme inciso penultimo del citado precepto, informar al concejo en la primera sesion ordinaria que se celebro despues de la contratacion. tambien estaba, acorde ley 18695 art/58 lt/i, obligado a solicitar el acuerdo del mencionado cuerpo colegiado lo cual no consta ocurriera, ello porque el indicado contrato reviste la naturaleza juridica de una concesion municipal, dado que la instalacion, provision y mantencion del alumbrado publico comunal constituye un servicio municipal que solo puede entregarse a un tercero en concesion. con todo, no existe inconveniente alguno para que el concejo, si lo estima pertinente, efectue una sesion que tenga por objeto ratificar el convenio en comento prestando para ello el respectivo acuerdo. contraloria carece de competencia para disponer se deje sin efecto ese contrato, pues se trata de una materia de caracter litigioso, cuyo conocimiento y resolucion corresponden a las partes o, en su defecto, a los tribunales de justicia. municipalidad actuo conforme a derecho al pagar a chilectra sin requerir...

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