Dictamen nº 35521 de Contraloría General de la República, de 27 de Septiembre de 1999 - Doctrina Administrativa - VLEX 239621598

Dictamen nº 35521 de Contraloría General de la República, de 27 de Septiembre de 1999

no existen dos actas de recepcion provisoria de "obras de mejoramiento eje avda chile - barros luco de san antonio" contradictorias. ello, porque el documento de fecha 23/1/98, en el que se establece como data real de termino de las obras el 20/1/98, no es el acta de recepcion a que se refiere el art/100 inc/5 del dto 331/75, vivienda, sino la constatacion del trabajo tecnico desarrollado por la comision a que alude el inc/2 del mismo ordenamiento al recibir las labores ejecutadas. esto, por cuanto en esa oportunidad no se pudo levantar el acta reglamentaria pues como se expresa en dicho instrumento, habia una serie de tramites administrativos: resoluciones del servicio de vivienda y urbanizacion mandante correspondientes al desglose, aumento de obras y obras extraordinarias, de responsabilidad de este que se encontraban pendientes, pese a que la materialidad de las tareas estaba terminada. fue asi como solo mediante resolucion del citado organismo numeros 20 de 26/2/98 y 57 y 58, ambas de 20/5/98, se aprobaron una disminucion de obras, un aumento de obras y una segunda obra extraordinaria respectivamente, siendo cursadas por contraloria las dos ultimas el 4/6/98. por ende, unicamente el 9/6/98 fue posible confeccionar materialmente el acta de recepcion, en la cual se ratifica la fecha de termino real: 20/1/98. no puede alterar esta ultima data la circunstancia de que una unidad municipal: direccion de aseo y ornato de la entidad edilicia de la comuna emitiera despues, el 19/3/98, un certificado de recepcion de los trabajos de paisajismo, el que en todo caso fue solicitado por el contratista dentro del plazo reglamentario.; lo expuesto, ya que se trata de dos funciones...

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