Dictamen nº 31729 de Contraloría General de la República, de 6 de Octubre de 1995 - Doctrina Administrativa - VLEX 239619786

Dictamen nº 31729 de Contraloría General de la República, de 6 de Octubre de 1995

inspectora de liceo municipal, cuya salud fue declarada irrecuperable por la comision de medicina preventiva e invalidez, tiene derecho a la indemnizacion por anos de servicio del art/163 del codigo del trabajo. ello, porque los inspectores de establecimientos educacionales no se rigen por ley 19070 sino que por el citado ordenamiento laboral. a su vez, como la interesada esta obligada a jubilar por invalidez absoluta, atendida la irrecuperabilidad de su salud, el cese de funciones respectivo ha de fundarse en la falta de adecuacion laboral o tecnica del trabajador, causal contemplada en art/161 inc/1 del codigo mencionado, la cual confiere derecho al indicado beneficio indemnizatorio. esto, por cuanto, resulta incuestionable la aplicacion de aquella tratandose de servidores publicos afectos al aludido texto laboral que, como ocurre en el caso en estudio, se ven precisados a jubilar por invalidez, pues tal circunstancia obliga al empleador a determinar...

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