Dictamen nº 9643 de Contraloría General de la República, de 21 de Abril de 1988 - Doctrina Administrativa - VLEX 239617894

Dictamen nº 9643 de Contraloría General de la República, de 21 de Abril de 1988

segun ley 18620 art/1 art/23 inc/1, la duracion de la jornada ordinaria de trabajo no puede exceder de 48 horas semanales. no obstante, el art/26 de la misma ley senala que dicha norma no es aplicable a personas que ocupen puestos de vigilancia, ni a las que desarrollen labores discontinuas, intermitentes o que requieran de su sola presencia, asi como las demas que califique como analogas el director del trabajo, con la limitacion de que estos trabajadores no podran permanecer mas de 12 horas diarias en el lugar de trabajo y tendran, dentro de esta jornada, un descanso no inferior a una hora, imputable a dicha...

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