Dictamen nº 34887 de Contraloría General de la República, de 4 de Noviembre de 1996 - Doctrina Administrativa - VLEX 239573538

Dictamen nº 34887 de Contraloría General de la República, de 4 de Noviembre de 1996

ex funcionario municipal quien se desempenara entre el 12/4/93 y el 1/2/96 primero como rondin y luego en el departamento de transito de una corporacion, tiene derecho a que se le compensen pecuniariamente las horas extraordinarias servidas como auxiliar en esta ultima reparticion, siempre que haya tenido pendientes descansos complementarios, de aquellos a que dan derecho dichos trabajos, y que no sobrepasen los dos anos contados hacia atras desde el 15/4/96, fecha de su reclamo ante contraloria. ello, porque las horas extraordinarias solo se configuran y otorgan los derechos correlativos cuando, copulativamente se reunen los requisitos de que hayan de cumplirse tareas impostergables, que exista orden del jefe superior del servicio o funcionario dependiente de este debidamente facultado y que se realicen a continuacion de la jornada ordinaria, de noche o en dias sabado, domingo o festivos. asimismo, conforme art/63 inc/2 de ley 18883, los trabajos extraordinarios deben compensarse con descanso complementario, y si no es posible por razones de buen servicio, con un recargo en las remuneraciones. el derecho al aludido descanso prescribe en dos anos contados desde que se hizo exigible, esto es, desde la dictacion de los decretos alcaldicios ordenandolos, y el cobro de...

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