Dictamen nº 18654 de Contraloría General de la República, de 29 de Julio de 1992 - Doctrina Administrativa - VLEX 239552182

Dictamen nº 18654 de Contraloría General de la República, de 29 de Julio de 1992

procede desestimar recurso de proteccion interpuesto por ex funcionaria de municipalidad en contra de contraloria por haber emitido dictamen 15621/92, que estimara procedente devolucion de estipendios que le pagara el municipio durante periodo comprendido entre el 22/9/86 hasta el 28/1/87 en que gozara de licencia pre y post natal y que no procedian por aplicacion de ley 18566 que modificara la imponibilidad para salud. ello, porque el dictamen impugnado solo ratifico el criterio sostenido en varios otros pronunciamientos requeridos sobre la materia por interesada, el primero de ellos cursado en 1988 por oficina regional y ratificado por la oficina central en 1989, con lo cual se ha infringido el plazo fatal de 15 dias en que se puede interponer la proteccion, no siendo utiles para esos fines las sucesivas reconsideraciones que planteen interesados a este organismo fiscalizador para ampliar dicho termino. ademas, es ajeno a la accion cautelar examinada el resolver controversias sustentadas por los actores en torno a distintas interpretaciones que se tengan respecto de la normativa aplicable a la materia, puesto que ello constituye, por naturaleza, asunto de lato conocimiento. en cuanto al fondo, desde el 1/1/86 fecha de vigencia de ley 18469, sobre prestaciones de salud, los funcionarios municipales quedaron afectos en materia de subsidios por enfermedad, al dfl 44/78 prevision, y por mandato del dl 3529/80 art/18, los funcionarios estatales regidos por el codigo del trabajo que se acogieran a subsidio de reposo preventivo, a licencia maternal o por enfermedad comun, tuvieron derecho a percibir las rentas no/imponibles que les correspondieren, pagadas con cargo a la respectiva entidad empleadora, precepto que ley 18382 art/69 hizo extensivo al personal municipal.; asi, la parte de las remuneraciones inherentes a las rentas imponibles era de cargo...

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