Dictamen nº 37212 de Contraloría General de la República, de 5 de Octubre de 1999 - Doctrina Administrativa - VLEX 239509130

Dictamen nº 37212 de Contraloría General de la República, de 5 de Octubre de 1999

compromiso originado en la suscripcion de contratos de construccion se contabiliza en cuentas de orden, en subgrupo 921, por las eventuales responsabilidades o derechos por obligaciones, que no afectan la estructura patrimonial. al recibirse el estado de pago con la documentacion sustentatoria por la ejecucion parcial o total de la obra, nace la obligacion de pagar, esto es, la afectacion de las cuentas por pagar de ejecucion presupuestaria correspondiente y la disminucion por igual monto de lo registrado en las aludidas cuentas a la orden en que se dejo constancia de la obligacion. sistema de contabilidad general de la nacion contiene un principio denominado "costo como base de valuacion, que senala: "la contabilidad registra las operaciones sobre la base del valor de costo de adquisicion, produccion o canje, salvo que determinadas circunstancias justifiquen la aplicacion de otro criterio de valuacion". los bienes de uso incorporados por operaciones de compra se contabilizan por el valor de adquisicion, mas todos los gastos inherentes a la transaccion hasta que el bien se encuentre en condiciones de usarse. los incorporados por adiciones, mejoras y reposiciones vitales incrementan el valor original del bien, aplicandose la misma normativa de valuacion indicada, sin que proceda comparacion alguna con el avaluo fiscal. erogaciones capitalizables precedentemente mencionadas son definidas por la doctrina contable...

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