Dictamen nº 25864 de Contraloría General de la República, de 18 de Abril de 1972 - Doctrina Administrativa - VLEX 239472606

Dictamen nº 25864 de Contraloría General de la República, de 18 de Abril de 1972

personales etce cumplen jornada nocturna durante dias festivos solo tienen derecho a percibir el recargo correspondiente a jornada extraordinaria pero no pueden gozar, ademas del sobre salario por jornada nocturna que se les paga durante los dias habiles de la semana en que cumplen su jornada de trabajo en ese horario y durante los domingos que son compensados con franco en lugar de pagarse extraordinario, ya que recargos por trabajos nocturnos y en dias festivos que percibe personal de etc del estado que cumplen su jornada de trabajo en turnos de noche no son acumulativos durante los dias festivos dichos personales deben percibir solo...

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