Dictamen nº 30706 de Contraloría General de la República, de 14 de Diciembre de 1992 - Doctrina Administrativa - VLEX 239469202

Dictamen nº 30706 de Contraloría General de la República, de 14 de Diciembre de 1992

los "gastos de funcionamiento" a que se refiere glosa/1, letra a) de la partida/05, fondo nacional de desarrollo regional de la ley de presupuestos vigente, no estan definidos en dicha glosa, ni en las normas sobre clasificaciones presupuestarias contenidas en dto 1256/90 hacienda. no obstante, considerando que el vocablo "funcionamiento" significa "accion de funcionar" y "funcionar" equivale a "ejecutar una persona o maquina, etc, las funciones que le son propias", puede afirmarse que el termino examinado se refiere a todos los desembolsos ordinarios en que incurren los organismos publicos con motivo del ejercicio de la gestion que les es inherente. asi, tienen tal caracter los egresos que se realicen tanto a titulo de gastos en personal como los originados en la adquisicion de bienes, servicios y elementos necesarios para el cumplimiento de los objetivos del respectivo organismo. este criterio concuerda plenamente con el contexto de la disposicion presupuestaria examinada, la que prohibe igualmente sufragar con el fondo aludido los gastos en personal y en bienes y servicios de consumo de los servicios publicos...

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