Dictamen nº 28561 de Contraloría General de la República, de 1 de Agosto de 2000 - Doctrina Administrativa - VLEX 239456198

Dictamen nº 28561 de Contraloría General de la República, de 1 de Agosto de 2000

N° 28.561 Fecha: 01-VIII-2000

Por el oficio del rubro la Comisión Nacional de Energía se ha dirigido a esta Contraloría General solicitando un pronunciamiento acerca de cuál es el período máximo que el funcionario don E A puede mantener el cargo titular que ocupa en la planta de profesionales de ese servicio, luego de ser nombrado en un empleo de exclusiva confianza en la Fiscalía Nacional Económica. Asimismo, pide se le informe si la suplencia que se hubiere designado en aquella plaza podría desempeñarse en forma indefinida.

Al efecto, la entidad consultante acompaña un informe de su asesoría legal, en el que se manifiesta, por una parte, que el referido servidor puede conservar en forma indefinida en el tiempo la propiedad de su empleo en esa Comisión, en razón de no existir norma legal que limite esta situación, y por otra, que la suplencia también puede desempeñarse en igual forma, si no tuviere limitación de plazo.

Sobre el particular, es dable anotar, en primer término, que de conformidad con lo expuesto en la consulta y los registros que obran en poder de este Organismo Contralor, el señor Alonso Rivas fue nombrado en el cargo de Profesional Nivel I en la Comisión Nacional de Energía, mediante resolución N° 21, de 1996, de esa repartición, a contar del 11 de enero de ese año. Posteriormente, fue designado en un empleo de exclusiva confianza como Jefe de Departamento, grado 3° EURF, de la planta de Directivos de la Fiscalía Nacional Económica, por intermedio de la resolución N° 10, de 1999, de ese Servicio, a contar del 1 ° de diciembre del mismo año, dejándose constancia en este documento que conserva la propiedad del cargo anterior, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 81, letra e), y 82 de la ley N° 18.834, siendo útil añadir que ambos instrumentos fueron tomados de razón en su oportunidad por ajustarse a derecho.

Al respecto, cabe señalar que el artículo 81 de la ley N° 18.834 prevé, en su letra e), que el desempeño de un determinado empleo es compatible, en lo...

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