Dictamen nº 33816 de Contraloría General de la República, de 3 de Noviembre de 1982 - Doctrina Administrativa - VLEX 239401818

Dictamen nº 33816 de Contraloría General de la República, de 3 de Noviembre de 1982

municipalidad de antofagasta no puede admitir, como garantia del cumplimiento de las obras adjudicadas o de los anticipos otorgados, depositos bancarios a plazo, ya que estos documentos no cumplen con el requisito de liquidez inmediata que se exige en la jurisprudencia administrativa, por cuanto al tratarse de depositos a plazo, los documentos representativos de los mismos tendran iguales caracteristicas, y su pago no podra exigirse legalmente antes de la fecha de sus...

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