Dictamen nº 24312 de Contraloría General de la República, de 6 de Julio de 1999 - Doctrina Administrativa - VLEX 239365422

Dictamen nº 24312 de Contraloría General de la República, de 6 de Julio de 1999

el ministerio de bienes nacionales ha podido validamente suspender el pago del galardon por herencia vacante que denunciara recurrente. ello, porque el art/51 del dl 1939/77 dispone que esa recompensa, establecida en los articulos 42 y siguientes de ese texto, se otorgara una vez que los bienes denunciados hayan ingresado legal y materialmente, en forma definitiva, al patrimonio fiscal y previa calificacion efectuada por el aludido ministerio acerca de la diligencia y eficacia de la cooperacion prestada por el denunciante. a su vez, el art/54 del dl indicado preve que para el pago del galardon antes de expirar los plazos de prescripcion de derechos de terceros a la herencia, el interesado debe otorgar garantia suficiente en relacion al interes del estado y la capacidad economica del denunciante, para asegurar la devolucion de la suma percibida, reajustada en los terminos que senala ese precepto, en caso que el fisco se viera obligado a restituir la herencia. por su parte, el art/1264 del codigo civil establece el derecho de peticion de herencia respecto de una ocupada por otra persona como heredero. esta accion prescribe en el plazo de 10 anos, por regla general y, en 5 anos, en el caso del heredero putativo contemplado en el...

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