Dictamen nº 13725 de Contraloría General de la República, de 11 de Abril de 2002 - Doctrina Administrativa - VLEX 239346910

Dictamen nº 13725 de Contraloría General de la República, de 11 de Abril de 2002

N° 13.725 Fecha: 11-IV-2002

Ex Subcomisario de la Policía de Investigaciones de Chile, se ha dirigido a esta Contraloría General solicitando un pronunciamiento que determine si le asiste el derecho a obtener prestaciones médicas, junto a su grupo familiar, en la Clínica institucional, por haber realizado aportes para su construcción hasta el año 1989, mientras permaneció en servicio activo, o, en subsidio, a la devolución de éstos más reajustes e intereses.

Solicitado su informe, la Jefatura del Personal de la Policía de Investigaciones de Chile, mediante oficio N° 328, de 2002, señala que al interesado no le corresponde recibir prestaciones médicas en la Clínica institucional, por cuanto el Reglamento de Normas de Procedimientos de la repartición dispone, en lo que interesa, que tendrán derecho a ellas los Oficiales Generales y Oficiales Superiores que pasen a retiro y sus cargas legalmente acreditadas, siempre que contribuyan con un aporte voluntario equivalente al del personal en servicio activo en grados similares. Agrega que no procede la devolución de los dineros descontados por tal concepto mientras permaneció en actividad, por cuanto en dicha época tuvieron acceso a prestaciones médicas él y su familia.

Sobre el particular, cabe manifestar, en primer término, que el artículo 8 del D.F.L. N° 1, de 1980, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Investigaciones, Estatuto del Personal de la Policía de Investigaciones de Chile, que establece los grados y jerarquías de los Oficiales institucionales, previene que los Subcomisarios, entre otros, tendrán la calidad de Oficiales Subalternos.

Ahora bien, el Capítulo VIII del Reglamento de Normas de Procedimientos de la Policía de Investigaciones de Chile, que trata de la atención al personal en retiro, previene que tendrán derecho a ser atendidos en el Departamento de Sanidad, en las mismas condiciones que el personal en servicio activo y con las exigencias que se expresan, entre otros, los Oficiales Generales y Oficiales Superiores que pasen a retiro, al igual que sus cargas...

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