Dictamen nº 33257 de Contraloría General de la República, de 5 de Diciembre de 1990 - Doctrina Administrativa - VLEX 239344654

Dictamen nº 33257 de Contraloría General de la República, de 5 de Diciembre de 1990

organizaciones de regantes mencionadas en ley 18893 art/26 entre las organizaciones comunitarias de caracter territorial, se rigen en cuanto a su constitucion, organizacion y funcionamiento por el codigo de aguas, porque este reglamenta detalladamente, en los titulos iii y iv de su libro/ii, estos aspectos de las comunidades de aguas, obras de drenaje, juntas de vigilancia y asociaciones de canalistas, todas las cuales quedan comprendidas en las organizaciones de regantes a que alude ley 18893 en forma generica, como consta de la historia de su establecimiento. por ello, y atendido que segun art/46 de esta ley, las disposiciones especiales aplicables a determinadas organizaciones comunitarias prevaleceran sobre sus normas, debe estarse a lo que el codigo citado senala en sus articulos 187 al 256. ademas, el art/186 del mismo autoriza, en ciertos casos, que los comuneros de aguas constituyan asociaciones de canalistas, normadas en el libro/ii, titulo/iii, parrafo/3, o bien sociedades de cualquier tipo, lo que implica una remision al derecho comun. asimismo, pueden organizarse como juntas de vigilancia, regladas en el parrafo/4 del mismo titulo. las...

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