Dictamen nº 16494 de Contraloría General de la República, de 13 de Julio de 1983 - Doctrina Administrativa - VLEX 239343478

Dictamen nº 16494 de Contraloría General de la República, de 13 de Julio de 1983

viviendas construidas durante 1982 con recursos fondo social, que permanecen en dominio fiscal, pueden donarse a municipalidades, ya que ellas pueden concurrir con otros servicios a solucionar problemas habitacionales. estas viviendas pasan a ser bienes municipales y solo pueden ser transferidas conforme dfl 789/78 tierr. sin embargo, como donatarias, no podrian enajenarlas antes de 5 anos sin autorizacion ministerio bienes nacionales. procedimiento y subsidio de ley 18138 no es aplicable a tales viviendas, porque su art/1 no menciona la "adquisicion" de viviendas, y por tanto, los inmuebles que senala su art/8, deben entenderse referidos a sitios eriazos. si viviendas en comento se transfieren gratuitamente a serviu, acorde dl 1939/77 art/57, tales inmuebles y producto de su enajenacion ingresan al patrimonio serviu, quienes podrian a su vez donarlos al fisco, pero no al fondo social, por carecer este de personalidad juridica independiente de aquel. ley...

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