Dictamen nº 21509 de Contraloría General de la República, de 19 de Abril de 1968 - Doctrina Administrativa - VLEX 239339562

Dictamen nº 21509 de Contraloría General de la República, de 19 de Abril de 1968

el reajuste automatico establecido en dfl 256/53 art/179 y dfl 338/60 art/132, resulta de reliquidar la respectiva pension sobre la base de las remuneraciones imponibles vigentes del cargo de jubilacion y de los estipendios personales anexos imponibles, siempre que estos hayan sido comprendidos en la pension inicial y subsistan como tales dentro del regimen remuneratorio del personal similar en actividad. si una de estas remuneraciones es eliminada para el personal en servicio activo, no puede ser considerada dentro de la base del calculo de dicha reliquidacion, de manera que las nuevas pensiones reajustadas deben ser las que resulten de considerar solamente las restantes remuneraciones imponibles, las que en todo caso no pueden ser inferiores al monto de la pension inmediatamente anterior, por efecto de la proteccion consagrada en constitucion pol art/10 num/10. los rubros personales tales como los reajustes provenientes de ley 7295 y ley 10343 y trienios y gratificacion ley 8937, que, segun ex jefe del departamento de periodistas de canaempu, no habrian sido considerados en el reajuste automatico de su pension, fueron desapareciendo del sistema de remuneraciones de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR