Dictamen nº 10262 de Contraloría General de la República, de 6 de Abril de 1987 - Doctrina Administrativa - VLEX 239327418

Dictamen nº 10262 de Contraloría General de la República, de 6 de Abril de 1987

serviu debe requerir a quien corresponda para hacer efectivo seguro de desgravamen contratado por deudor que a esa fecha tenia mas de 60 anos, a cuya sucesion deben devolverse sumas pagadas por dividendos desde fecha de fallecimiento de aquel, previa deduccion del valor de primas indebidamente restituidas a conyuge del deudor, ambas cantidades reajustadas conforme sistema de actualizacion monetaria previsto en el contrato para la deuda y sus dividendos. ello, porque serviu celebro contrato de seguro de que se trata, obligandose a dar por integramente pagado saldo insoluto no devengado de deuda contraida por mutuario, cuyo pago se encontrase pendiente a fecha de su fallecimiento. una vez perfeccionado este seguro y traducido en clausula de escritura publica en que serviu asume obligacion correspondiente, es extemporaneo, despues de ocurrido el siniestro, averiguar si contratacion se ajusto o no a normas vigentes, cuya infraccion solo cabria...

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