Dictamen nº 14942 de Contraloría General de la República, de 19 de Abril de 2002 - Doctrina Administrativa - VLEX 239307210

Dictamen nº 14942 de Contraloría General de la República, de 19 de Abril de 2002

N° 14.942 Fecha: 19-IV-2002

Don H.G.G, Abogado de la Oficina de Derechos Humanos de la Corporación de Asistencia Judicial de la Región Metropolitana, en representación de don J.H.P.F, se ha dirigido a esta Contraloría General solicitando la revisión del sumario administrativo rol N° 1, de 1998, de la Dirección de Inteligencia de la Fuerza Aérea de Chile, ya que, a su juicio, la eliminación de su representado de las filas de esa institución no ha sido precedida de un debido proceso, al no considerar sus reconsideraciones ni un documento del Comandante del Comando de Personal en el que se ordena la revisión del sumario por irregularidades, al no otorgarle un trato digno y no notificársele la resolución final de baja y, finalmente, al no poner los hechos en conocimiento del Tribunal correspondiente.

Solicitado su informe, el Comando de Personal de la Fuerza Aérea de Chile, mediante oficio reservado N° 303/19, de 2002, ha señalado que el Sargento 2° ® Sr. J.H.P.F prestó servicios desde el 1 de enero de 1985 hasta el 31 de julio de 1999, data en que fue dado de baja por la causal "Necesidades del Servicio".

Agrega el citado informe, que la Investigación Sumaria Administrativa Nº 01/98 cumplió con todas las disposiciones reglamentarias vigentes sujetándose estrictamente a las normas destinadas a velar por el derecho a la debida defensa, resolviéndose los descargos presentados por el peticionario en relación al dictamen del Fiscal instructor mediante resolución ® Nº 01-A/98, de fecha 16.04.1999, del señor Director de Inteligencia, notificándose al reclamante el día 4 de mayo de 1999, el que estampó en el expediente que reclamaría de la citada resolución. Sin embargo, nunca interpuso el interesado un recurso de reconsideración ante la autoridad respectiva, por lo que, con fecha 12 de mayo de 1999 se dejó constancia en autos del cierre del expediente por haber transcurrido el plazo reglamentario de tres días para interponer el mencionado recurso de reconsideración por parte del Sr. J.H.P.F.

En relación a la falta de consideración de un documento presentado por el Comandante del Comando de Personal, solicitando la revisión del sumario 01/98 por irregularidades, agrega que en la investigación sumaria de que se trata no existe constancia de algún documento emanado del referido Comandante con ese propósito.

No obstante, hace presente que por oficio N° 825/168/99, de 8 de junio de 1999, el Comandante del Comando de Personal ordena el cumplimiento de la...

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