Dictamen nº 12933 de Contraloría General de la República, de 12 de Abril de 2000
N° 12.933 Fecha: 12-IV-2009
Se ha dirigido a esta Contraloría General, doña E.M., señalando que desde marzo a diciembre de 1999 ha prestado servicios en la Junta Nacional de Jardines Infantiles, agregando que la autoridad no le prorrogó su contrato no obstante encontrarse embarazada. Solicita, por ende, su reincorporación al Servicio, como asimismo, la concesión de todos los beneficios que le hubieren correspondido de no haber sido despedida.
Requerido el informe de rigor, éste ha sido emitido por la Vicepresidenta Ejecutiva del citado Servicio, a través del oficio ordinario N° 439, de 2000.
Sobre el particular, cabe anotar, en primer término, que según consta en los antecedentes acompañados, y los registros que obran en poder de esta Entidad, la recurrente realizó, desde 1997 y hasta diciembre de 1999, diversos contratos de reemplazo de funcionarios de planta o a contrata en la Dirección Regional Metropolitana del citado Servicio, conforme a lo previsto, respecto a la mencionada Junta, en la glosa N°s 2 de la Ley de Presupuestos.
Precisado lo anterior, cumple informar que las servidoras contratadas en la repartición de que se trata, bajo la modalidad indicada en el párrafo precedente, no se encuentran amparadas por las normas relativas a la protección de la maternidad contenidas en el Título II, del Libro II, del Código del Trabajo. Lo anterior, en atención a que en los contratos de esta naturaleza no procede fijar una fecha de término distinta de aquella que determina...
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