Dictamen nº 34667 de Contraloría General de la República, de 12 de Agosto de 2003
Nº 34.667 Fecha: 12-VIII-2003
Se ha dirigido a esta Contraloría General, Doña L.B.R, funcionaria de la Universidad Tecnológica Metropolitana, solicitando un pronunciamiento acerca del derecho que le asistiría a percibir el bono de escolaridad establecido en el artículo 14 de la ley Nº 19.843.
Requerido su informe, la Universidad Tecnológica Metropolitana manifestó mediante oficio Nº 91, de 2003, que el bono en cuestión, no le ha sido pagado a la recurrente por no concurrir los presupuestos legales para hacer aplicable el beneficio, puesto que su hijo, a la fecha de dictación de la mencionada ley, no cumplía los requisitos de edad ni de escolaridad exigidos.
Sobre el particular cabe señalar que, el artículo 14 de la ley Nº 19.843, establece un bono de escolaridad que favorece por una sola vez a los trabajadores del sector público que indica, por cada hijo entre 5 y 24 años de edad que sea carga familiar reconocida para efectos del DFL. 150, de 1981, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social y que estén cursando los estudios que la norma señala, beneficio que será pagado en dos cuotas, la primera en marzo y la segunda en junio del año 2003.
En este contexto, cabe tener en consideración que, conforme lo manifestado por la jurisprudencia administrativa a este respecto, el examen de la concurrencia de los requisitos exigidos al efecto, debe efectuarse en relación al momento en que debe percibirse el dinero, fecha a la cual debe estar acreditado el cumplimiento de los...
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