Dictamen nº 9772 de Contraloría General de la República, de 21 de Marzo de 2000 - Doctrina Administrativa - VLEX 239252734

Dictamen nº 9772 de Contraloría General de la República, de 21 de Marzo de 2000

N° 9.772 Fecha: 21-III-2000

Se ha dirigido a esta Contraloría General, el Jefe de Sección Contabilidad y Presupuesto grado 11 EUS del Hospital Exequiel González Cortés, consultando, en suma, si el titulo de Contador Auditor que posee le permite acceder, por ascenso, a alguno de los cuatro cargos de Subdirector Administrativo de Hospital que se encontrarían vacantes en establecimientos del Servicio de Salud Metropolitano Sur.

Solicitado el informe de rigor, éste ha sido emitido por el Director del Servicio indicado mediante oficio ordinario N° 54, de 2000.

Sobre el particular, es menester destacar, en primer término, que el artículo , letra A), del DFL N° 24, de 1992, del Ministerio de Salud, que fijó la planta de personal para el Servicio de Salud Metropolitano Sur, dispone, en lo que interesa, que para el desempeño del cargo de Subdirector Administrativo de Hospital, de la planta de Directivos, se requiere uno de los siguientes .requisitos educacionales específicos: Ingeniero Civil, Ingeniero Comercial o Administrador Público.

Enseguida, cumple expresar que el inciso final de la norme citada, que permite el ascenso a un cargo de grado superior en la línea jerárquica de la planta de Directivos, prescindiendo del cumplimiento de los requisitos específicos exigidos por el legislador para ocupar dichos cargos -en la medida que éstos sean de su competencia y especialidad-, constituye una normativa de carácter excepcional que, como tal, debe ser interpretada y aplicada en su sentido estricto.

Luego, es útil tener presente que, conforme lo ha informado este Organismo de Control en dictamen N° 38.004, de 1994, las condiciones de competencia y especialidad están referidas a la necesaria afinidad que debe existir entre las funciones propias de la plaza de que se trate y la formación profesional o técnica que tiene el servidor.

Agrega el citado pronunciamiento que para que opere el precepto excepcional en comento respecto del funcionario que carece del requisito educacional especifico exigido para ocupar, por esa vía, el cargo de grado inmediatamente superior, es menester que, además de encontrarse en el lugar preferente para ser promovido, concurran los factores de competencia y especialidad para desempeñar el respectivo empleo, requisito que, a juicio de esta Entidad, se cumple en el caso de la especie.

En efecto, las funciones propias de la plaza de que se trata Subdirector Administrativo de Hospital están reguladas en el articulo 174 del...

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