Dictamen nº 23019 de Contraloría General de la República, de 27 de Junio de 2000 - Doctrina Administrativa - VLEX 239204958

Dictamen nº 23019 de Contraloría General de la República, de 27 de Junio de 2000

N° 23.019 Fecha: 27-VI-2000

Se ha remitido a esta Contraloría General la resolución N° 96, de 2000, del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo que pone término, a contar de su total tramitación, al contrato de doña Jeanette Jacqueline Espinoza Berrios, asimilada al escalafón Administrativo, grado 17 E.U.S., con desempeño en la Dirección Regional Metropolitana, para su respectivo trámite de toma de razón.

Por su parte, la referida servidora ha interpuesto un reclamo ante esta Entidad de Control, en contra del procedimiento empleado por la autoridad administrativa para llevar a cabo dicha medida, señalando al efecto que no se ha dado cumplimiento a la cláusula N° 3 del contrato, en el sentido de dar un aviso previo de a lo menos 60 días corridos, contados "desde la fecha de la total tramitación de esta decisión ante la Contraloría General de la República". Además, manifiesta que se le habría solicitado presentar su renuncia, estando haciendo uso de feriado legal, todo lo cual lo considera injusto, según expone.

Sobre el particular, esta Contraloría General debe señalar, en primer término, que de la documentación tenida a la vista se ha podido advertir que doña Jeanette Espinoza Berrios fue contratada en el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, mediante resolución N° 003, de 2000, con asunción inmediata de funciones, a contar del 1° de enero y mientras sean necesarios sus servicios, siempre que no excedan del 31 de diciembre del presente año, disponiéndose en el N° 3 de este documento que, en el caso que se concluya anticipadamente este contrato conforme a lo establecido en su N° 1 de la parte resolutiva, se deberá dar un aviso previo de a lo menos 60 días corridos, "contados desde la fecha de la total tramitación de esta decisión ante la Contraloría General de la República".

Posteriormente, por Resolución N° 091, de 2000, del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, tornada razón con fecha 10 de mayo pasado, se eliminó el punto 3° de la aludida resolución N° 003 de esa Institución, pasando en consecuencia los actuales N° 4 y N° 5, de esta última a ser N°s 3 y 4, respectivamente, por haberse incluido erróneamente tal punto, por las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR