Dictamen nº 18319 de Contraloría General de la República, de 23 de Mayo de 1994 - Doctrina Administrativa - VLEX 239186174

Dictamen nº 18319 de Contraloría General de la República, de 23 de Mayo de 1994

para fines contables transitorios es procedente considerar como un anticipo de remuneraciones el pago de remanentes liquidos efectuados los dias 18 de cada mes, ello ateniendose a la normativa sobre el sistema de contabilidad general de la nacion. asi, el pago efectuado los referidos dias, debera cargarse mensualmente a la cuenta "anticipos a terceros", subcuenta "pagos anticipados de sueldos liquidos", debiendo quedar saldada al termino del mes respectivo; ademas, la contabilizacion mensual definitiva de gastos en personal...

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