Dictamen nº 24079 de Contraloría General de la República, de 12 de Septiembre de 1984 - Doctrina Administrativa - VLEX 239162090

Dictamen nº 24079 de Contraloría General de la República, de 12 de Septiembre de 1984

contratos por los que empresa maritima del estado obtiene el uso y goce de una nave armada y equipada, denominados time charter, no se encuentran sometidos, en cuanto a su celebracion, a la autorizacion del presidente de la republica prevista en dfl 327/60 art/11, ya que tal exigencia se requiere solo en las situaciones alli planteadas, entre ellas para dar y tomar en arrendamiento barcos, y convenios time charter envuelven el otorgamiento de una prestacion compleja, que incluye tanto la cesion del uso y goce de una nave premunida de todos los elementos requeridos para la navegacion, como de los servicios del personal adscrito a ella, por lo que debe conceptuarse como un acuerdo de voluntades de una naturaleza...

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