Dictamen nº 1675 de Contraloría General de la República, de 22 de Enero de 1992 - Doctrina Administrativa - VLEX 239157974

Dictamen nº 1675 de Contraloría General de la República, de 22 de Enero de 1992

servicios de bienestar constituidos, acorde ley 11764 y dto 722/55 salud, son en general dependencias que carecen de personalidad juridica propia y solo pueden actuar validamente ante terceros a traves de la que corresponde a la institucion de la cual forman parte. asi, donaciones efectuadas al servicio de bienestar del servicio de registro civil e identificacion que, conforme ley 18234 y ley 18526, comprende tambien a funcionarios de los servicios medico legal y nacional de menores y de la fiscalia nacional de quiebras, deben materializarse segun procedimientos aplicables al organismo publico que dio origen a ese bienestar, vale decir, el servicio de registro civil e identificacion. ello, considerando que dicho bienestar se creo para el personal de esta ultima entidad y que las leyes ya citadas se limitaron a permitir la afiliacion de empleados y jubilados de los restantes organismos mencionados. donaciones al servicio de registro civil deben hacerse al fisco de chile y cenirse al procedimiento contemplado en dl 1939/77 tit/ii par/ii, pues...

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