Dictamen nº 23782 de Contraloría General de la República, de 4 de Octubre de 1991 - Doctrina Administrativa - VLEX 239142170

Dictamen nº 23782 de Contraloría General de la República, de 4 de Octubre de 1991

jornada ordinaria que deben cumplir funcionarios de los servicios de educacion y de salud que administran las municipalidades es de 44 horas semanales, lo que no obsta a que puedan contratarse jornadas parciales, en cuyo caso la remuneracion respectiva debe ser proporcional a la correspondiente a la jornada de 44 horas. ello, porque el personal de los organismos publicos de salud y educacion que tenian a su cargo servicios que fueron traspasados a las municipalidades acorde dfl 1/3063/80 interior, tenian una jornada de 44 horas semanales segun dl 249/73 art/21 inc/1, pudiendo conforme incisos 2 y 3 de la misma norma, en casos justificados, por razones de servicio calificados por las autoridades respectivas, designarse o contratarse a profesionales o tecnicos con jornadas parciales de 22 o 33 horas semanales, con una remuneracion equivalente al 50 o 75 por ciento del monto asignado a la jornada completa respectiva. asi, no obstante el cambio de regimen estatutario que estableciera art/4 del dfl citado que sometio a los traspasados a las disposiciones laborales y previsionales del sector...

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