Dictamen nº 71643 de Contraloría General de la República, de 8 de Octubre de 1971 - Doctrina Administrativa - VLEX 239127730

Dictamen nº 71643 de Contraloría General de la República, de 8 de Octubre de 1971

conforme estatuto administrativo, empleados publicos deben inhibirse de intervenir, en razon de funciones atinentes a sus empleos, en asuntos en que ellos tengan interes particular. por tanto, rectores establecimientos educacion secundaria no podrian resolver acerca de licencias medicas que les conciernen personalmente. en cuanto estos descansos por enfermedad configuran ejercicio de derechos estatutarios cuya determinacion se ha entregado basicamente a autoridades medicas de la administracion, y respecto de las cuales jefaturas de servicios se limitan a comprobar que se hayan cumplido instancias formales que leyes y reglamentos establecen en la materia, para disponer autorizacion correspondiente, bien puede estimarse que tales licencias, cuando afectan a jefe del establecimiento, deben ser resueltas por funcionario que segun dfl 338/60 art/240 esta llamado a subrogarlo. en cambio, por su propia naturaleza, concesion de permisos con/goce de remuneraciones envuelve ejercicio de...

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