Dictamen nº 11873 de Contraloría General de la República, de 16 de Febrero de 1976
funcionario de direccion de educacion primaria y normal no tiene derecho a percibir asignacion profesional establecida en el dl 479/74 art/3, por cuanto por una parte no posee titulo profesional universitario, dado que titulo de profesor normalista no corresponde a estudios de nivel superior y lo conferian establecimientos dependientes del ministerio de educacion, y por otra parte, cargo que... (ver resumen completo)
funcionario de direccion de educacion primaria y normal no tiene derecho a percibir asignacion profesional establecida en el dl 479/74 art/3, por cuanto por una parte no posee titulo profesional universitario, dado que titulo de profesor normalista no corresponde a estudios de nivel superior y lo conferian establecimientos dependientes del ministerio de educacion, y por otra parte, cargo que desempena, de jefe de seccion de...
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