Dictamen nº 5668 de Contraloría General de la República, de 5 de Febrero de 2007 - Doctrina Administrativa - VLEX 239009258

Dictamen nº 5668 de Contraloría General de la República, de 5 de Febrero de 2007

N°5.668 Fecha: 5-II-2007

Se ha dirigido a esta Contraloría General la Presidenta del Comité de Bienestar de la Municipalidad de Lo Espejo, solicitando un pronunciamiento que incide en determinar el alcance del concepto de beneficiario del Servicio de Bienestar contenido en la ley N° 19.754, que autoriza a las municipalidades para otorgar prestaciones de bienestar a sus funcionarios.

Lo anterior, a fin de determinar si resulta procedente que en el Reglamento de Bienestar de ese municipio se hagan extensivos los respectivos beneficios a personas que no tienen la calidad de cargas del afiliado.

Sobre el particular, cumple manifestar que mediante el dictamen N° 17.136, de 2003, esta Contraloría General se pronunció acerca de la materia, señalando que la interpretación sistemática de la ley citada permite concluir que los beneficiarios de las diversas prestaciones pueden ser solamente el afiliado y sus cargas familiares, pues el artículo 1° ha limitado a esas personas el otorgamiento de los beneficios del bienestar, mientras que el artículo 7° radica en el reglamento la determinación de las circunstancias que ameritan la adquisición de la calidad de beneficiario por parte de cada una de ellas en cada caso.

La referida jurisprudencia señaló, asimismo, que procede entender por cargas familiares a las personas indicadas en el artículo 3° -complementado por el artículo 5°- del decreto con fuerza de ley N° 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que regula el Sistema único de Prestaciones Familiares, entre las que se cuentan, en síntesis, al cónyuge, los hijos, los nietos y bisnietos huérfanos o abandonados, la madre viuda, los ascendientes mayores de 65 años, los niños huérfanos o abandonados, y los...

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