Dictamen nº 28197 de Contraloría General de la República, de 16 de Junio de 2005 - Doctrina Administrativa - VLEX 239005550

Dictamen nº 28197 de Contraloría General de la República, de 16 de Junio de 2005

N° 28.197 Fecha: 16-VI-2005

Esta Contraloría General no ha tomado razón de resolución de la Dirección de Vialidad, que aprueba el sumario administrativo ordenado instruir por resolución de fecha 11 de febrero de 2002, de este Organismo de Control, y que aplica la medida disciplinaria de destitución a don S.C.C. y, don J.T.G. , absolviendo de responsabilidad administrativa a los señores R.E.R.P., don W.B.M., don O.E.A.Z., don A.R.P.P., don M.E.V.J, don P.M.Q.G. y a las señoras M.A.R.T., doña P.L.C.G.y doña N.I.G.J., en circunstancias que, salvo respecto del señor A.R.P.P., la señora Contralora General de la República (S) propuso la aplicación de la medida disciplinaria de multa del 20% de su remuneración mensual, por no encontrarse ajustado al mérito de autos.

En efecto, y en lo que dice relación con los señores don M.E.V.J., don O.E.A.Z., don P.M.Q.G., don R.E.R.P.y don W.B.M., cabe manifestar que esta Entidad Fiscalizadora no concuerda con la absolución resuelta por esa superioridad, toda vez que la exhaustiva indagación llevada a cabo por esta Contraloría General permitió dar por acreditados los hechos investigados, así como la participación y grado de responsabilidad de los funcionarios antes señalados, plasmándose sus resultados y conclusiones en la proposición de sanción de fecha 3 de febrero de 2004.

Sobre el particular, es del caso consignar que, si bien el legislador ha radicado la potestad disciplinaria en la Administración Activa, confiriéndole a la autoridad la facultad de determinar la absolución o la aplicación de alguna medida disciplinaria respecto del personal de su dependencia, conforme a lo preceptuado -entre otros- en los artículos 140 de Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo -cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado mediante DFL. N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda-, y 28 de la Resolución N° 236, de 1998, de esta Entidad Fiscalizadora -Reglamento de Sumarios instruidos por la Contraloría General de la República-, el ejercicio de tal atribución debe ser ejercida con pleno sometimiento al ordenamiento jurídico, correspondiendo a este Organismo de Control pronunciarse sobre las infracciones de ley que detecte en el correspondiente documento sancionatorio o absolutorio, en el ejercicio de las facultades de control de legalidad de que se encuentra investido.

En el ejercicio de sus facultades fiscalizadoras, esta Entidad de Control debe velar porque las decisiones de la Administración se ciñan...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR