Dictamen nº 32495 de Contraloría General de la República, de 11 de Julio de 2008 - Doctrina Administrativa - VLEX 239001230

Dictamen nº 32495 de Contraloría General de la República, de 11 de Julio de 2008

N° 32.495 Fecha: 11-VII-2008

Se ha dirigido a esta Contraloría General, la Abogado Procurador Fiscal de Santiago, solicitando que se determine si los fondos obtenidos en el remate ordenado en el proceso judicial por abandono del vehículo que singulariza, corresponde percibirlos en su totalidad a la Dirección General de Aeronáutica Civil o dividirlos entre ésta y la Municipalidad de Pudahuel, luego de deducidos los gastos en que incurrió la entidad edilicia.

Al respecto, manifiesta que el 1° de julio de 1996, la citada Dirección General celebró con el señor Alfredo Valdés Herrera, un contrato de concesión de las playas de estacionamiento ubicadas en el sector norte del Aeropuerto Internacional Arturo Merino Benítez, estableciéndose una renta mensual a pagar por el concesionario de un 78,1% de las ventas brutas del mes.

Agrega, que con fecha 19 de diciembre de 1996, ingresó al estacionamiento del aeropuerto el vehículo que indica, celebrando por ese hecho el propietario del bien, un contrato de arrendamiento de estacionamiento con el concesionario, automóvil que permaneció en ese lugar hasta el 4 de agosto de 1998, lapso durante el cual se generaron los cobros pertinentes, los que no fueron solucionados y que le correspondía percibir al concesionario, quien a su vez debía enterar a la mencionada Dirección el porcentaje correspondiente.

Posteriormente, el 15 de enero de 2003, dicha Dirección, requirió al Consejo de Defensa del Estado para que asumiera su representación judicial en la denuncia interpuesta por ella en el Juzgado de Policía Local de Pudahuel, para que se rematara el vehículo en comento, el que debía rentas de arrendamiento por el uso del estacionamiento antes mencionado. El automóvil fue rematado y, efectuados los descuentos pertinentes, se depositó posteriormente la suma obtenida a nombre de la Tesorería Municipal de Pudahuel.

El mencionado Consejo solicitó al Tesorero Municipal de Pudahuel, girar los recursos obtenidos a favor de la Dirección General de Aeronáutica Civil, petición que fue rechazada en virtud de lo señalado por la Dirección Jurídica de la Municipalidad de Pudahuel por considerar que el procedimiento aplicable a los hechos es el de declaración de abandono y remate, establecido en los artículos 629 y 630 del Código Civil, que regula el abandono de especies, por lo que una vez descontados los gastos de la subasta y otros en que se hubiese incurrido, el remanente se debe distribuir en partes iguales entre dicha...

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