Dictamen nº 46215 de Contraloría General de la República, de 12 de Octubre de 2007 - Doctrina Administrativa - VLEX 238992590

Dictamen nº 46215 de Contraloría General de la República, de 12 de Octubre de 2007

N° 46.215 Fecha: 12-X-2007

Se ha dirigido a este Organismo Contralor médico psiquiatra, solicitando la reconsideración del oficio N°50.517, de 2006, por cuanto en el mismo se habría omitido un pronunciamiento de fondo respecto del procedimiento que el Fondo Nacional de Salud (FONASA) estableció para restringir la venta de órdenes de atención correspondientes al, código 09-01-009, evaluación psiquiátrica previa a terapia, lo cual, en su opinión, vulneraría el derecho al libre acceso a las prestaciones de salud que ampara el artículo 19, N°9, de la Constitución Política de la República.

Sobre el particular, cabe considerar que el recurrente, mediante presentación Referencia N°10.253, de 2006, expuso que la limitación impuesta por el FONASA para la venta de bonos de evaluación psiquiátrica, consistente en un máximo de dos bonos al año por paciente, no contempló la posibilidad de que un beneficiario deseara cambiarse de psiquiatra - y, consecuencialmente, no instruyó a su personal ni adecuó la plataforma computacional para aquellos casos en que se demandaran más de dos de esos bonos, debiendo en tales casos concurrir el paciente a las oficinas centrales del FONASA para que, previo estudio de su situación, se autorizara aumentar la frecuencia de venta del señalado bono código 09-01-009, materia respecto de la cual solicitó de esta Contraloría General un pronunciamiento sobre la constitucionalidad y legalidad del procedimiento indicado.

Ahora bien, mediante el citado oficio N° 50.517, de 2006, esta Contraloría General se pronunció manifestando, en lo pertinente, que el "FONASA no ha incurrido en ilegalidad ni arbitrariedad alguna al restringir la venta de órdenes de atención código 09-01-009 a un máximo de 2 prestaciones al año".

Al respecto, es dable tener en cuenta que la normativa orgánica del FONASA aplicable en la especie, contenida en la letra b) del artículo 50, Libro I, del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°2.763, de 1979, y de las leyes N°18.933 y 18.469, establece que son funciones de ese Servicio, entre otras, financiar en todo o en parte las prestaciones que se otorguen a los beneficiarios del Régimen de Prestaciones de Salud del Libro II de la misma Ley, que sean otorgadas en cualquiera de sus modalidades por organismos, entidades y personas que pertenezcan o no al Sistema o dependan de éste, sean públicos o privados, añadiendo el...

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