Dictamen nº 61167 de Contraloría General de la República, de 20 de Diciembre de 2006 - Doctrina Administrativa - VLEX 238991186

Dictamen nº 61167 de Contraloría General de la República, de 20 de Diciembre de 2006

N° 61.167 Fecha: 20-XII-2006

Se ha dirigido a esta Contraloría General una matrona dependiente de la Municipalidad de La Granja, solicitando se le reconozcan los años de servicios prestados en el "Instituto de la Mujer", desde 1987 hasta 1994, para los efectos del hacer uso del feriado progresivo que establece el artículo 18°, de la ley N° 19.378, sobre Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal.

Requerido su informe al Municipio, éste, mediante oficio Ord. N° 1052, de 2006, lo ha evacuado.

Sobre el particular, cabe tener presente que el precitado artículo 18, de la ley N° 19.378, dispone, en lo que interesa, que el feriado básico de 15 días hábiles de que goza el personal con más de un año de servicio en los establecimientos municipales de atención primaria de salud, podrá aumentarse en razón de la antigüedad del trabajador, de acuerdo a la progresión que indica.

Enseguida, el inciso 3° de la norma en comento prevé que, para los fines del caso, se computarán los años trabajados en el sector público en cualquier calidad jurídica, en establecimientos municipales, corporaciones privadas de atención primaria de salud y en los Programas de Empleo Mínimo, Programas de Obras para Jefes de Hogar y Programa de Expansión de Recursos Humanos, desempeñados en el sector salud y debidamente acreditados en la forma que determine el Reglamento.

Precisado lo anterior, es menester consignar que la reiterada e invariable jurisprudencia administrativa, contenida, entre otros, en el dictamen N° 3.158, de 1998 -pronunciamiento que, a su turno, es aplicado por los oficios N°s. 46.118, de 2002 y 29.627, de 2006, ambos acompañados por la recurrente en abono de su presentación-, ha manifestado que tratándose de corporaciones privadas, el legislador sólo exige que éstas cumplan funciones de atención primaria de salud, comprendiendo, por ende, tanto aquéllas que han sido creadas por las Municipalidades o que administren establecimientos de salud en virtud de convenios con éstas, como toda otra que tenga por objeto el cumplimiento de...

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