Dictamen nº 56701 de Contraloría General de la República, de 1 de Diciembre de 2008 - Doctrina Administrativa - VLEX 238975546

Dictamen nº 56701 de Contraloría General de la República, de 1 de Diciembre de 2008

N° 56.701 Fecha: 01-XII-2008

La Contraloría General se ha abstenido, nuevamente, de dar curso a la resolución N° 29, de 2008, de la Dirección de Vialidad de la Región Metropolitana, que entre otras materias, aprueba los antecedentes que indica y acepta la propuesta pública para la ejecución de los "Estudios de Preinversión Construcción Conexión Vial Ruta San Antonio de Naltagua-Melipilla y Construcción Costanera del Maipo, Tramo Puente Los Morros-Ruta G-46, Región Metropolitana", y que fuera devuelta a través del oficio N° 41.967, del año en curso, de esta Entidad de Control, por cuanto la empresa adjudicataria presentó a los mismos profesionales para ejercer los cargos de Jefe de Proyecto y de Ingeniero Civil Ayudante en ambas consultorías, en contravención a lo dispuesto en el punto 3.7 de las bases administrativas que rigen el proceso licitatorio de la especie.

Sobre el particular, ese Servicio hace presente que luego de haberse aprobado las bases de concurso mediante la resolución N° 26, de 2007, llamó a dos procesos licitatorios públicos sucesivos, dejando sin efecto el primero de ellos -convocado el 12 de septiembre de 2007-, en atención a que sólo una empresa a nivel nacional cumplía con las exigencias de registro solicitada por los pliegos, razón por la cual modificó las bases administrativas a través de la resolución N° 67, del mismo año, llamándose acto seguido, a un segundo concurso público -28 de noviembre de 2007- el que fue declarado desierto mediante oficio ORD. N° 244, de 30 de enero de 2008, de esa Dirección, con ocasión de haberse presentado sólo un proponente, cuya oferta fue desestimada por encontrarse fuera de bases.

Agrega, que en virtud de lo expuesto y considerando la importancia de evitar que se volviese a repetir la situación observada en el último proceso concursal, se modifican nuevamente los pliegos de condiciones, disponiéndose en lo pertinente, que los profesionales que han de desempeñar las funciones de Jefe de Proyecto y de Ingeniero Civil Ayudante en los estudios aludidos, lo harán en ambos a una razón el 60% y 50% para el primero y el segundo...

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