Dictamen nº 5946 de Contraloría General de la República, de 6 de Febrero de 2006 - Doctrina Administrativa - VLEX 238972982

Dictamen nº 5946 de Contraloría General de la República, de 6 de Febrero de 2006

N° 5.946 Fecha: 6-II-2006

Esta Contraloría General ha debido abstenerse de tomar razón de Resolución N° 841, de 2005, de Gendarmería de Chile, que modifica el párrafo único de la parte resolutiva de la Resolución N° 551, de 2000, de la Dirección Nacional de Gendarmería de Chile, que aplicó la medida disciplinaria de destitución a funcionario, y se reemplaza por una suspensión del empleo por el lapso de 30 días, con goce del 50% de su remuneración mensual, toda vez que no se ajusta al mérito de proceso sumarial que sirve de fundamento.

En primer término, cabe consignar que el proceso sumarial de que se trata, instruido en la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería de Chile, por mandato de la Resolución N° 1.508, de 1998, tuvo por objeto establecer la responsabilidad administrativa que le asistiría a afectado, por haber presentado cotizaciones falsas para la adquisición de extintores en esa repartición.

Los antecedentes recopilados durante la tramitación del proceso sumarial, permitieron establecer que el afectado, valiéndose de su cargo de Encargado de Adquisiciones y de sus contactos con vendedores de diferentes empresas, que mantenía de su empleo anterior, consiguió que le fueran proporcionadas tres cotizaciones, de las cuales, dos de ellas, además de ser fraudulentas, debían presentar precios superiores con el fin de favorecer a una determinada empresa.

En virtud de estos hechos y encontrándose plenamente acreditada la responsabilidad del funcionario, la autoridad administrativa dispuso la aplicación de la medida disciplinaria de destitución a su respecto, mediante la Resolución N° 551, de 2000, del Director Nacional.

Esta Entidad Fiscalizadora al efectuar en su oportunidad el examen de legalidad de la resolución recién citada, pudo verificar que la sanción impuesta al funcionario responsable guardaba relación con la gravedad de las irregularidades cometidas y, en consecuencia, procedió a tomar razón de dicho documento con fecha 16 de octubre de 2000, por encontrarlo ajustado a derecho.

Posteriormente, con fecha 2 de junio de 2005, el citado exservidor solicitó la reapertura del sumario en cuestión, accediendo la autoridad a su petición mediante la Resolución N° 1.910, de 2005.

Al término de esta reapertura, la superioridad determinó modificar la sanción originalmente impuesta al ex funcionario, rebajándola a la de suspensión del empleo por el lapso de 30 días, con goce del 50% de su remuneración mensual.

Al respecto, es menester...

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