Dictamen nº 12960 de Contraloría General de la República, de 12 de Marzo de 2004 - Doctrina Administrativa - VLEX 238969838

Dictamen nº 12960 de Contraloría General de la República, de 12 de Marzo de 2004

N° 12.960 12-III-2004

Mediante Ord. N° 1.776, de 2003, la Subsecretaría de Transportes solicita reconsideración parcial del oficio N° 26.255, de 2003, de esta Contraloría General, que se pronunció sobre la juridicidad de sus oficios circulares N°s 154 y 54, de 1992 y 1996, respectivamente, relativos al procedimiento de reemplazo de taxis establecido en el decreto N° 212, de 1992, del Ministerio del ramo, Reglamento de los Servicios Nacionales de Transporte Público de Pasajeros.

Al respecto, señala que en la parte final del dictamen aludido se indicó que la situación de un taxi que sale del Registro Nacional de Servicios de Transporte de Pasajeros que no obtenga un nuevo permiso de circulación por carecer de revisión técnica al día, no está prevista en la normativa del decreto N° 212, de 1992, lo que no obsta a la inscripción del nuevo vehículo, sin que sea factible para la autoridad administrativa establecer permisos de circulación o certificados emitidos por las municipalidades, distintos de los previstos en la Ley de Tránsito N° 18.290.

Agrega que en atención a que la normativa pertinente para el reemplazo de taxis exige, entre otros requisitos, efectuar previamente la cancelación del permiso de circulación del vehículo que se reemplaza, en casos como el de la especie surge el problema de acreditar dicha situación, estimando que el documento idóneo para tal efecto puede ser el expedido por el Departamento de Tránsito de la Municipalidad respectiva, o bien por el encargado de cumplir sus funciones, en el que se deje constancia del hecho de que el permiso de circulación del vehículo saliente fue cancelado como taxi.

Sobre el particular debe manifestarse, en primer término, que de acuerdo a lo establecido por el artículo 21 del Decreto Ley N° 3.063, de 1979, Ley de Rentas Municipales, las municipalidades llevarán un registro de permisos de circulación, el que será reglamentado por decreto del Ministerio del Interior.

Pues bien, por decreto N° 132, de 1985, del referido...

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