Dictamen nº 46355 de Contraloría General de la República, de 2 de Octubre de 2006 - Doctrina Administrativa - VLEX 238957898

Dictamen nº 46355 de Contraloría General de la República, de 2 de Octubre de 2006

N° 46.305 Fecha: 2-X-2006

Doña XX, se ha dirigido a esta Contraloría General, solicitando un pronunciamiento respecto de la procedencia de ser notificada de un sumario administrativo, no obstante encontrarse con licencia médica.

Sobre el particular cabe anotar, en primer término, que el inciso primero del artículo 131 del DFL. N° 29, de 2004, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, indica "Las notificaciones que se realicen en el proceso deberán hacerse personalmente. Si el funcionario no fuere habido por dos días consecutivos en su domicilio o en su lugar de trabajo, se le notificará por carta certificada, de lo cual deberá dejarse constancia. En ambos casos se deberá entregar copia integra de la resolución respectiva".

Por su parte, el inciso segundo del citado precepto legal dispone que cuando las notificaciones se efectúan por carta certificada estas se harán en el domicilio que se encuentra registrado en la institución, y en caso de no contarse con tal información, en la oficina del afectado, considerando para todos los efectos que dicho funcionario se encuentra notificado cumplido el plazo de tres días desde que la carta haya sido despachada.

A mayor abundamiento, es importante aclarar que...

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