Dictamen nº 21728 de Contraloría General de la República, de 30 de Abril de 2004 - Doctrina Administrativa - VLEX 238954646

Dictamen nº 21728 de Contraloría General de la República, de 30 de Abril de 2004

N° 21.728 Fecha: 30-IV-2004

Se ha dirigido a esta Contraloría General, funcionaria de la Universidad de Santiago, para exponer la situación que la aqueja y que dice relación con que, a su juicio, se le habría desconocido su derecho al ascenso a un grado superior, por cuanto la referida casa de estudios, habría estimado que el título que posee reviste el carácter de Subtécnico.

Requerido su informe, el rector de la Universidad de Santiago ha tenido a bien emitirlo a través de oficio N° 23, de 2004, exponiendo en síntesis que, para ocupar el cargo de Técnico nivel ll, grado 16, de interés de la recurrente, se debe estar en posesión del título de técnico otorgado por universidades, institutos profesionales o centro de formación técnica y permanencia de un año en el nivel III.

Agrega el informe, que la Universidad, en ejercicio de sus facultades legales decretó los ascensos pertinentes y, en lo que respecta a la recurrente, omitió su promoción, por entender que el título de Subtécnico en la especialidad de Educación con mención en Auxiliar de Párvulos, es un diploma de una calidad distinta e inferior al de técnico y, que por ende, no satisface el requisito fijado en el Decreto Universitario N° 1.444, de 1996, cuerpo que fijó la Planta de Personal de la referida Casa de Estudios.

Sobre el particular, cabe señalar, en primer término, que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que el Decreto N° 651, de 28 de noviembre de 1995, en su artículo 25, reconoció la calidad de título técnico de nivel medio al diploma que posee la recurrente.

Ahora bien, el artículo 1 del Decreto N° 1444, de 1996, ya citado, establece en lo pertinente "Para desempeñarse en cargos del Nivel II se requiere poseer título de técnico otorgado por universidades, institutos profesionales o centros de formación técnica y permanencia de un año en el Nivel III".

Ahora bien, de conformidad a...

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