Dictamen nº 49860 de Contraloría General de la República, de 20 de Octubre de 2006
N° 49.860 Fecha: 20-X-2006
Esta Contraloría General ha debido abstenerse de tomar razón del decreto N° 206 de 2005, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento sobre infecciones de transmisión sexual, por cuanto no se ajusta a derecho.
Al efecto cabe consignar, en primer término, que el artículo 20 de la ley N° 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Educación, dispone que los establecimientos educacionales tendrán libertad para fijar planes y programas de estudios que consideran adecuados para el cumplimiento de los objetivos fundamentales y contenidos mínimos obligatorios establecidos por decreto supremo para cada uno de los años de estudios de las enseñanzas básicas y media y los complementarios que cada uno de ellos fije, los que deben ser aprobados por el Ministerio de Educación según el procedimiento que se indica en dicho texto legal.
Agrega, el recién mencionado precepto legal, que el Ministerio de Educación deberá elaborar planes y programas de estudios para los niveles de enseñanza básica y media, los cuales deberán ser aprobados previamente por el Consejo Superior de Educación. Dichos planes y programas serán obligatorios para los establecimientos que carezcan de ellos.
De lo anterior aparece que los respectivos planes y programas deben ajustarse a los mencionados objetivos fundamentales y contenidos mínimos obligatorios, los que actualmente se encuentran sancionados por los decretos N°s. 40, de 1996, 220, de 1998 y 239, de 2004, todos del Ministerio de Educación, correspondientes a la enseñanza general básica, enseñanza media y enseñanza...
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