Dictamen nº 32521 de Contraloría General de la República, de 13 de Julio de 2005 - Doctrina Administrativa - VLEX 238950906

Dictamen nº 32521 de Contraloría General de la República, de 13 de Julio de 2005

N° 32.521 Fecha: 13-VII-2005

El Comité Sistema de Empresas SEP de la Corporación de Fomento de la Producción solicita un pronunciamiento acerca del alcance de la glosa N° 10 de la asignación 24-03-397, del presupuesto de esa Corporación vigente para el año 2005, conforme a la cual los recursos que se empleen para la contratación de estudios jurídicos, nacionales o extranjeros, correspondientes a estudios o asesorías, deberán llevarse a cabo previa licitación pública, frente a las disposiciones de Ley N° 19.886, que permite recurrir a la licitación privada o al trato directo en ciertos casos. Además, se consulta si la acepción "estudios jurídicos" que utiliza la glosa aludida, está referida sólo a las personas jurídicas o comprende también a las personas naturales o comunidades.

Sobre el particular, cabe señalar que se adjunta el informe del asesor jurídico del citado Comité, en el cual sostiene que la glosa N° 10 antes mencionada, constituye una reiteración de Ley N° 19.886 y su reglamento en cuanto a que la licitación pública debe ser el procedimiento general para la celebración de los contratos como el de la especie, pero que ello no descarta la aplicación de las otras modalidades de contratación reguladas en los mencionados cuerpos normativos.

Informando en relación con la consulta, la Subsecretaria de Hacienda manifiesta que durante el ejercicio presupuestario del año 2005 la referida glosa ha dispuesto un procedimiento específico para la contratación de los servicios de asesoría legal que señala, en cuanto ellos, de acuerdo con esa norma, deben ser llevados a cabo previa licitación pública, sin que por lo tanto rijan las disposiciones generales sobre la materia.

Al respecto, cabe señalar que Ley N° 19.986, de Presupuestos del Sector Público para el año 2005, dispone, en lo que interesa, en la glosa N° 10, correspondiente a la asignación 24-03-397 "Comité Sistema de Empresas SEP", del presupuesto de la Corporación de Fomento de la Producción, que "En caso que los recursos se empleen para la contratación de estudios jurídicos, nacionales o extranjeros, correspondientes a estudios o asesorías, deberán llevarse a cabo previa licitación pública".

Por otra parte, conviene tener presente que mediante la Resolución N° 18 de 1997 -cuyo texto coordinado, actualizado y refundido se fijó por la Resolución N° 86, de 2002-, la Corporación de Fomento de la Producción creó el Comité Sistema Administrador de Empresas -actual Comité Sistema de...

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