Dictamen nº 47667 de Contraloría General de la República, de 13 de Octubre de 2008 - Doctrina Administrativa - VLEX 238939282

Dictamen nº 47667 de Contraloría General de la República, de 13 de Octubre de 2008

N° 47.667 Fecha: 13-X-2008

Se ha dirigido a esta Contraloría General don Pedro Padilla Vera, en representación de Iluminación y Equipos Eléctricos Limitada, reclamando que se vio imposibilitado de participar en la licitación para la Habilitación del Servicio de Guardacruzadas en cruces a nivel, en Sectores de la Red Ferroviaria, convocada por la Empresa de Ferrocarriles del Estado, en virtud de la exigencia, que estima irregular, contenida en el N° 3, del Formulario N° 6, que formaba parte de las bases respectivas. Expone que se excusó de seguir interviniendo en el proceso concursal en atención a que un hermano es representante de una sociedad que es contratista de EFE.

Requerido su informe, la Empresa de Ferrocarriles dio respuesta a través del oficio N° 94, de 2008, al que adjunta el ordinario Cl N° 171, de 2007. En este último documento se expresa, en síntesis, que la situación denunciada deriva de una desacertada interpretación dada por el recurrente a la forma de completar algunos documentos contemplados en el proceso de licitación, los que tienen carácter meramente declarativo y cuya finalidad no es configurar una situación discriminatoria para los participantes.

Al respecto, procede consignar que el Formulario N° 6, denominado Declaración Relación de Negocios, de las bases de la propuesta en comento, las que se encuentran disponibles en la página web de la empresa recurrida, contempla la obligación de los proponentes de declarar que no tienen vinculaciones con contratistas, proveedores o asesores de la Empresa de Ferrocarriles del Estado.

A su vez, el N° 8 de las mismas bases indica, en lo que interesa, que los proponentes podrán formular consultas sobre los documentos de la licitación, por escrito, vía fax o e-mail, o entregándolas directamente en las oficinas de EFE que se mencionan en las mismas.

Ahora bien, de los antecedentes tenidos a la vista aparece que el señor Padilla Vera, mediante carta de 2 de agosto de 2007 se excusó de participar en el proceso concursal que motiva su presentación. De lo anterior se dejó constancia en el acta de apertura de las ofertas, fechada el mismo día antes mencionado.

Enseguida, es necesario consignar que, como puede advertirse, el recurrente se limitó a excusarse de participar en la propuesta, sin pedir aclaraciones dentro del período fijado en las bases, como lo permitía el N° 8, ya citado.

En estas condiciones no resulta del caso que esta Entidad Fiscalizadora emita en la actualidad un...

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