Dictamen nº 40212 de Contraloría General de la República, de 10 de Agosto de 2004 - Doctrina Administrativa - VLEX 238934266

Dictamen nº 40212 de Contraloría General de la República, de 10 de Agosto de 2004

N° 40.212 Fecha: 10-VIII-2004

Jefe de la Oficina de Informaciones de la Cámara de Diputados, se ha dirigido a esta Contraloría General, solicitando se le informe si este Organismo de Fiscalización ha tomado conocimiento de la situación acaecida en la Séptima Región, donde el Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo ha asumido, simultáneamente, la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales, en calidad de Subrogante, a fin de dar cumplimiento a la exigencia de dedicación exclusiva que pesa sobre la primera, conforme la legislación vigente sobre la materia.

Solicita, además, el recurrente, que se le informe si esta Entidad de Control ha tomado conocimiento de la reestructuración que se habría efectuado en la planta de la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Séptima Región.

Por su parte, la Contraloría Regional del Maule, mediante oficio N° 2.175, de 2003, ha remitido a esta Sede Central un informe de la investigación realizada por funcionarios de esa Unidad Regional, en el cual se concluye, que en la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Región del Maule, durante el año 2003, sólo se realizó una adecuación de las labores de los funcionarios y no una modificación de la planta del personal y que, efectivamente, doña GG desempeña los cargos de Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo y de Bienes Nacionales de esa Región, el primero como titular y el segundo como subrogante, sin percibir remuneración por este último.

Sobre el particular, cabe hacer presente que conforme a los antecedentes tenidos a la vista, se ha podido determinar que la servidora en cuestión, desempeñó conjuntamente, desde el 1 de abril de 2003 -data desde la cual comenzó a percibir la asignación de funciones críticas-, las plazas de Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo y Secretaria Ministerial de Bienes Nacionales, la primera por jornada completa y la segunda en carácter de subrogante y sin percibir remuneración alguna por el desempeño de ésta.

Pues bien, al respecto, cabe advertir en primer término, en relación a las incompatibilidades que se presentarían para el desempeño de los cargos reseñados anteriormente, que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 7° de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, son cargos de exclusiva confianza del Presidente de la República, entre otros, los Secretarios Regionales Ministeriales.

Luego, es menester anotar que el artículo 81...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR