Dictamen nº 21610 de Contraloría General de la República, de 5 de Mayo de 2005 - Doctrina Administrativa - VLEX 238908150

Dictamen nº 21610 de Contraloría General de la República, de 5 de Mayo de 2005

N° 21.610 Fecha: 5-V-2005

SERVIU de la X Región solicita la reconsideración del Dictamen N° 7.658, de 2004, de la Contraloría Regional de Los Lagos, en el que se concluyó que la inhabilidad para optar al subsidio habitacional rural, establecida en el artículo 9° del Decreto N° 117, de 2002, de Vivienda y Urbanismo, no resulta aplicable a los beneficiarios de proyectos del Programa de Mejoramiento de Barrios.

El Servicio recurrente señala al efecto que de acuerdo a lo dictaminado por la Dirección Jurídica del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, -Oficio N° 198, de 2004-, el beneficio del Programa Mejoramiento de Barrios y el Subsidio Habitacional Rural en sus títulos I y II son compatibles sólo cuando el primero se aplique exclusivamente a las obras de urbanización y/o saneamiento del terreno y el segundo se aplique a financiar el resto de la solución Habitacional.

A su vez, doña XX., en su calidad de integrante de una de las veinte familias favorecidas con el subsidio habitacional rural en la comuna de Lanco, solicita se emita pronunciamiento sobre la materia.

Sobre el particular, cumple señalar que el Decreto N° 829, de 1998, de Interior, que reglamenta el Programa Mejoramiento de Barrios, establece, en su artículo 1°, como objetivo esencial de dicho plan, contribuir a la reducción de las condiciones de marginalidad sanitaria, con déficit de servicios básicos; y, en su artículo 2° determina, entre las "líneas de acción", la construcción de infraestructuras sanitarias.

Estas, conforme lo previene el artículo , letra a), del mismo Decreto N° 829, pueden corresponder a una solución completa, compuesta de recintos baño-cocina, servicios básicos y artefactos intradomiciliarios, o bien a una solución intermedia, sobre la base de cualquiera de estos componentes incluyendo las respectivas conexiones a los servicios pertinentes.

Por su parte, el Decreto N° 117, de 2002, de Vivienda y Urbanismo, regula el Sistema de Subsidio Rural Habitacional, y, en su artículo 1°, se señala que éste tiene por objetivo "facilitar el acceso de las familias de más bajos ingresos a viviendas rurales definitivas, seguras e higiénicas, nuevas y terminadas, así como el mejoramiento de la vivienda rural existente, en ambos casos con la finalidad de otorgar vivienda permanente a dichas familias."; y en su artículo 2° se dispone que dicho subsidio "constituye una ayuda estatal directa, que se otorga por una sola vez al beneficiario, sin cargo de restitución por parte de...

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