Dictamen nº 29696 de Contraloría General de la República, de 27 de Junio de 2008 - Doctrina Administrativa - VLEX 238905114

Dictamen nº 29696 de Contraloría General de la República, de 27 de Junio de 2008

N° 29.696 Fecha: 27-VI-2008

Se ha dirigido a esta Contraloría General don Patricio Gustavo Guzmán Bozzo, solicitando la reconsideración del dictamen N° 6.485, de 2008, por el cual esta Entidad Fiscalizadora rechazó el reclamo que interpusiera el recurrente en contra de un concurso público de ingreso a la planta de profesionales, realizado en el Servicio Nacional de Aduanas, por considerar que dicho pronunciamiento adolece de vicios de forma y de fondo.

Expresa, en primer lugar, que el oficio impugnado adolece de vicios de forma, toda vez que se ha incurrido en un incumplimiento de los plazos contemplados en la legislación para resolver la objeción de legalidad del certamen en estudio.

Al respecto, sostiene que se habrían producido diversas irregularidades que dicen relación, por una parte, con que el aludido organismo aduanero informara y remitiera los antecedentes del concurso a este Ente de Control, a través del oficio N° 18.505, de 2007, el cual no contiene una data exacta, al omitir consignar en su texto, el día, mes y año de su emisión, circunstancia que implicaría que el servicio incumplió su obligación de emitir su informe en el término legal correspondiente.

En el mismo orden de ideas, indica que el dictamen cuya reconsideración solicita, fue recibido en su domicilio con fecha 19 de febrero de 2008, por lo que esta Contraloría General emitió su pronunciamiento excediendo el plazo que para tal efecto contempla la normativa vigente.

Así entonces, en opinión del peticionario, las situaciones descritas infringen el inciso final del artículo 160 de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el D.F.L. N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, preceptiva que indica que esta Entidad Fiscalizadora deberá resolver el reclamo, previo informe de la superioridad respectiva, el que deberá ser emitido dentro de los diez días hábiles siguientes a la solicitud que le formule esta Contraloría General y que, vencido este plazo, con o sin él, aquélla procederá a resolver la petición, para lo cual dispondrá de veinte días hábiles.

Ahora bien, respecto a las alegaciones expresadas por el ocurrente en este aspecto, es necesario puntualizar que la ley N° 10.336, que fijó la Organización y Atribuciones de esta Contraloría General, en su Título I, artículo 1°, contempla como uno de sus objetivos, el velar por el cumplimiento de las disposiciones del Estatuto Administrativo, disponiendo en su artículo , inciso primero, en lo que interesa, que corresponderá exclusivamente al Contralor General informar sobre los asuntos que se relacionen con aquél y con el funcionamiento de los Servicios Públicos sometidos a su fiscalización, para la correcta aplicación de las leyes y reglamentos que los rigen.

Así entonces, dicha potestad permite la elaboración de un sistema de precedentes obligatorios para la Administración, que...

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