Dictamen nº 6657 de Contraloría General de la República, de 11 de Febrero de 2008 - Doctrina Administrativa - VLEX 238896190

Dictamen nº 6657 de Contraloría General de la República, de 11 de Febrero de 2008

N° 6.657 Fecha: 11-II-2008

Se ha dirigido a esta Contraloría General, doña G.L., funcionaria del Hospital de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, denunciando diversas irregularidades en la situación laboral de una servidora de la citada Institución de Salud, a quien no individualiza, las que dicen relación, en primer término, con la circunstancia de que dicha empleada fue contratada como auxiliar paramédico sin contar con el título necesario para el ejercicio de dicha profesión.

Sobre el particular, resulta menester indicar que, según lo informado por la Dirección del citado recinto hospitalario, mediante oficio ordinario N° 1.188, de 2007, se contrató como auxiliar de enfermería sin tener el título profesional para el desempeño de dicho empleo, a doña M.A., situación que fue representada por la División de Auditoría Administrativa de este órgano de Control, a través del oficio N° 17.975, de 2006, por lo que se procedió a modificar su contrato en el sentido de dejar establecido que a contar del 19 de mayo de 2006, desempeñaría funciones de administrativo, según consta en la resolución N° 229, del mismo año, del Hospital de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, documento tomado razón por esta Entidad Fiscalizadora con fecha 28 de agosto de 2006.

Teniendo presente lo anterior, y considerando los antecedentes adjuntos, en especial, la citada resolución N° 229, de 2006, esta Contraloría General estima que el primer aspecto reclamado por la recurrente, se encuentra actualmente solucionado.

Enseguida, la recurrente manifiesta que la aludida funcionaria realiza su práctica en el citado Hospital durante su jornada de trabajo, percibiendo remuneraciones por labores que no desempeña, situación que fue autorizada por la superioridad.

Al respecto, cabe mencionar que según lo informado por esa autoridad administrativa, la señora M.A. ha sido .autorizada para realizar su práctica clínica en los servicios del banco de sangre y laboratorio clínico del Hospital de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, a petición de la Escuela Nacional de Capacitación Caritas Chile, por lo que la citada servidora trabaja media jornada en el desempeño de las funciones propias estipuladas en su contrato y el resto del tiempo, realiza las labores relacionadas con su práctica, percibiendo de este modo su remuneración íntegra como administrativo, con la obligación de compensar el tiempo no trabajado, al término de las actividades de...

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