Dictamen nº 15057 de Contraloría General de la República, de 5 de Abril de 2007 - Doctrina Administrativa - VLEX 238892786

Dictamen nº 15057 de Contraloría General de la República, de 5 de Abril de 2007

N° 15.057 Fecha: 5-IV-2007

Se ha dirigido a esta Contraloría General, don Oscar Santiago Lorca Ferraro, representante de la sociedad Marta Miranda Orellana y Compañía Limitada, ex-sostenedora de la Escuela Básica Particular N° 1.274 "El Progreso, Luz y Esperanza", reclamando en contra de los funcionarios del Ministerio de Educación, don Carlos Humberto Baeza Briones, con desempeño en el Departamento de Educación de la Secretaría Ministerial de Educación de la Región Metropolitana; don Renato Luis Alfonso Veas Terán, Jefe Provincial de Educación Santiago Oriente de la Región Metropolitana; don Alejandro Traverso Carvajal, Secretario Ministerial de Educación de la Región Metropolitana y don Sergio Bitar Chacra, ex Ministro de Educación, por las razones que expone en su presentación.

Advierte que, a objeto de impedir el cierre de la Escuela de la cual era sostenedora la sociedad Marta Miranda Orellana y Compañía Limitada, entre el 9 de marzo y 28 de junio de 2004, facilitó a la Dirección del Establecimiento la cantidad de $2.916.259, para gastos de administración y de personal y prestó a 14 personas la suma de $14.824.741, la que sería devuelta por ellos cuando la sociedad pagara los sueldos adeudados.

Luego, señala que la Dirección de la Escuela le devolvió $90.079 y de las 14 personas beneficiadas con el dinero que les prestó, sólo cinco firmaron documentos en los cuales facultaban a don Carlos Gómez Pletikosic para hacerles el descuento y pagarle el dinero, debiendo acreditar en un juicio lo adeudado, porque don Carlos Humberto Baeza Briones le negó las constancias de pago del 27 de septiembre y 6 de octubre de 2004, afirmando tener fundadas sospechas en contra del señor Baeza, por apropiación indebida de dinero.

Asimismo, manifiesta tener sospechas en contra de don Renato Luis Alfonso Veas Terán, por administración fraudulenta, en contra de don Alejandro Traverso Carvajal, por no rendir cuenta de su intervención y en contra de don Sergio Bitar Chacra por no supervisar a sus subalternos permitiendo que se produjera la situación denunciada, según expone.

Requerido de informe, el Jefe de la División Jurídica del Ministerio de Educación lo ha emitido mediante oficio ordinario N° 2.418, de 2006, en el que señala que, en razón que el recurrente expone una serie de situaciones que dicen relación, entre otros, con el desempeño del interventor nombrado por la autoridad debido a la sanción de revocación de reconocimiento oficial, adjunta oficio N°...

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