Dictamen nº 62971 de Contraloría General de la República, de 12 de Noviembre de 2009 - Doctrina Administrativa - VLEX 238870006

Dictamen nº 62971 de Contraloría General de la República, de 12 de Noviembre de 2009

N° 62.971 Fecha: 12-XI-2009

Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Luisa Revetria Beltrán, funcionaria del Fondo Nacional de la Discapacidad -FONADIS-, para solicitar un pronunciamiento que determine si el beneficio de jubilación por vejez constituye una causal de término de su relación laboral con dicho Servicio.

Requerido su informe, la aludida Institución señala, en síntesis, que las personas que prestan servicios en esa repartición se rigen por las normas del Código del Trabajo, cuyas causales de cese de las relaciones laborales, no indican la de acogerse a jubilación.

Sobre el particular, cabe señalar que en relación al término de las funciones de los aludidos empleados, tal como lo admite el propio Servicio, las normas del Código del Trabajo -artículos 159 y siguientes-, no prevén la obtención de jubilación por edad o vejez como causales de terminación del contrato de trabajo, por lo cual no corresponde disponer, por tal motivo, el cese de servicios de tales dependientes, lo que ha sido señalado por esta Entidad de Control, entre otros, en su dictamen N° 55.344, de 2006 .

En lo que respecta, ahora, al derecho que le asistiría a percibir el beneficio contemplado en el artículo sexto transitorio de la ley N° 20.212, lo que también consulta...

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