Dictamen nº 38749 de Contraloría General de la República, de 21 de Julio de 2009 - Doctrina Administrativa - VLEX 238861082

Dictamen nº 38749 de Contraloría General de la República, de 21 de Julio de 2009

N° 38.749 Fecha: 21-VII-2009

Se ha dirigido a esta Contraloría General don José Anselmo Olivera Mansilla, ex Sargento Primero de Carabineros de Chile, para solicitar que se ordene a la Comisión Médica Central de esa Institución evaluarlo, a fin de que se determine el cambio de la causal de su retiro por la de inutilidad de segunda clase, que le permita impetrar beneficios previsionales derivados de esa condición.

Requerido su informe, la Dirección Nacional de Personal de Carabineros de Chile manifestó, en síntesis, que con fecha 10 de mayo de 2000, el recurrente resultó lesionado en actos de servicio, siendo dichas afecciones calificadas como de Primera Categoría, proponiéndose un año de abono de servicios, mediante su resolución N° 1.995, de 2001.

Agrega que, a través de la resolución N° 302, de 2002, la Comisión Médica Central declaró que el peticionario posee salud incompatible con los servicios institucionales, por las enfermedades de origen natural que detalla.

Indica, asimismo, que los antecedentes clínicos del señor Olivera Mansilla fueron nuevamente examinados por el Organismo Técnico competente, el 30 de enero de 2009, como consecuencia de la petición de cambio de causal de retiro, presentada por éste, negándole en forma unánime dicha solicitud, debido a que las patologías indicadas no se encuentran comprendidas en el artículo 98, del D.F.L. N° 2, de 1968, del Ministerio del Interior, sobre Estatuto del Personal de Carabineros de Chile.

Sobre el particular, cabe manifestar, en primer término, que los artículos 64 de la ley N° 18.961 y 73 del anotado D.F.L N° 2, de 1968...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR