Dictamen nº 65302 de Contraloría General de la República, de 23 de Noviembre de 2009 - Doctrina Administrativa - VLEX 238858130

Dictamen nº 65302 de Contraloría General de la República, de 23 de Noviembre de 2009

N° 65.302 Fecha: 23-XI-2009

La Contraloría Regional de Magallanes, ha solicitado un pronunciamiento a esta Sede Central sobre la juridicidad de la resolución N° 24 de 2009, de la Universidad de Magallanes, que autoriza la adquisición de acciones de SEAMAG S.A.

Señala esa Oficina Regional que en virtud de lo dispuesto en el artículo 36 de la ley N° 18.267, que reajusta las remuneraciones de los trabajadores del sector público y establece normas complementarias de administración financiera, tributarias, de personal y de incidencia presupuestaria, en concordancia con el decreto N° 180, de 1987, del Ministerio de Hacienda, que fija normas para la presentación de presupuestos, balance de ejecución presupuestaria e informes de gestión de las instituciones de educación superior, que indica, la citada universidad se encuentra facultada para efectuar operaciones de ahorro o adquirir instrumentos en el mercado de capitales, siempre que tales ahorros o instrumentos sean de renta fija, cualidad que no tendrían las acciones que se pretenden adquirir de SEAMAG S.A.

Por su parte, la Universidad de Magallanes, en informe complementario manifiesta en síntesis y en lo que interesa, que dicha Casa de Estudios Superiores se encuentra facultada para hacer aportes a la mencionada sociedad anónima, en conformidad con lo dispuesto en el artículo único de la ley N° 19.168, con el fin de suscribir aumentos de capital.

Sobre la materia, es menester tener presente que la Universidad de Magallanes, creada en virtud del decreto con fuerza de ley N° 35, de 1981, del Ministerio de Educación, es una entidad estatal, institución de educación superior independiente, autónoma, con personalidad jurídica propia.

Luego, cabe considerar que el mencionado artículo 36 de la ley N° 18.267 faculta a las universidades e institutos profesionales estatales, para efectuar operaciones de ahorro o adquirir instrumentos en el mercado de capitales, siempre que estos ahorros o estos instrumentos sean de renta fija. No obstante, es menester considerar que la ley N° 19.168, publicada en el Diario Oficial de 17 de septiembre de 1992, dispuso en su artículo único que, entre otras, la Universidad de Magallanes gozará de la facultad que la letra b) del artículo 49 del decreto con fuerza de ley N° 153, de 1981, del Ministerio de Educación, otorga a la Universidad de Chile –actualmente artículo 55, letra b), del decreto con fuerza de ley N° 3, de 2006, del Ministerio de Educación, que fijó el texto...

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