Dictamen nº 69138 de Contraloría General de la República, de 11 de Diciembre de 2009 - Doctrina Administrativa - VLEX 238857730

Dictamen nº 69138 de Contraloría General de la República, de 11 de Diciembre de 2009

N° 69.138 Fecha: 11-XII-2009

Se ha dirigido a esta Contraloría General el Diputado don Carlos Montes Cisternas, solicitando la reconsideración del dictamen N° 11.079, de 2009 -a través del cual esta Contraloría General se pronunció acerca de los contratos de arrendamiento de contenedores para residuos sólidos domiciliarios y de transacción extrajudicial, celebrados entre la Municipalidad de La Florida y la empresa Plastic Omnium S.A.-, en lo relativo a la determinación del precio de los contenedores que ese municipio adquirió de dicha sociedad en el marco del contrato de transacción suscrito para solucionar la controversia suscitada entre ambas partes, y en relación con la falta de formalidades de tal adquisición, requiriendo, al efecto, la fiscalización que indica.

A fin de atender debidamente la aludida presentación, personal de la División de Municipalidades de esta Contraloría General realizó la fiscalización solicitada por el recurrente para recabar ciertos antecedentes relacionados con los aspectos mencionados en el párrafo precedente.

Como cuestión previa, cumple manifestar que, según se señalara en el dictamen N° 11.079, de 2009, en el año 1997 la Municipalidad de La Florida celebró, previa propuesta pública, un contrato de arrendamiento de contenedores de residuos sólidos domiciliarios con la empresa Plastic Omnium S.A., el cual contemplaba, en lo que interesa, la posibilidad de que ese municipio aumentara o disminuyera la cantidad y tipo de los contenedores contratados, de acuerdo a las necesidades de implementación o reducción que se detectaran durante la ejecución de dicho contrato.

Pues bien, el aludido contrato de arrendamiento fue modificado en diversas oportunidades. A continuación, con el objeto de ilustrar de mejor manera los principales aspectos de la controversia que dio origen al contrato de transacción respecto del cual consulta el Diputado recurrente, se detallan en el siguiente cuadro -en conformidad con lo expresado en el citado dictamen N° 11.079, de 2009- las modificaciones introducidas al mencionado contrato de arrendamiento:

120 lts. 330 lts. 750 lts. 1.000 lts. Respaldo

Contrato (1997) --- 6.000 506 640 dto.2.250/97

Modif.1998 --- 1.617 174 208 res. 34/98

Modif.1999 --- --- --- 70 res. 75/99

Modif.2001 27.000 -4.300 --- 705 res. 876/01

Modif.2002 6.300 -1.179 --- --- Res. 900/02 y 958/02

Modif.2003 5.000 --- --- --- Res. 900/02 y 958/02

Modif. 2004, 1 5.000 -522 -7 -140 sin respaldo

Modif. 2004, 2 12.000 -1.218 -324 -525 sin respaldo

Total 55.300 398 349 958

Cabe hacer presente que dichas modificaciones implicaron, en lo que interesa, la paulatina incorporación de contenedores de 120 Its. -también denominados individuales- al aludido arrendamiento, debiendo precisarse que las mismas partes suscribieron, asimismo, un contrato de compraventa de contenedores de esa misma categoría en el año 2003, un contrato de transacción, en el año 2007, que tuvo como principal efecto la adquisición de contenedores también individuales por parte del municipio, y un contrato de...

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